SERVICIOS / 02Asesoría y defensa fiscal
Estudiamos sus actividades, régimen, operaciones y documentación para construir alternativas de cumplimiento, planeación y defensa. Cada recomendación debe tener sustento legal, propósito económico y una forma viable de llevarse a la práctica.
CUÁNDO PODEMOS AYUDARLE
Una estrategia fiscal comienza por entender su realidad.
Podemos acompañarle al evaluar una operación, revisar su carga tributaria o responder a una actuación de la autoridad. La estrategia parte de los hechos y de las fechas que constan en su expediente.
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ALCANCE Y ACOMPAÑAMIENTOÁreas de atención.
01Consultoría fiscal
Es el análisis de cómo las disposiciones tributarias se aplican a su actividad cotidiana y a sus decisiones. Revisamos obligaciones, interpretación de normas, facturación y documentación, y explicamos las alternativas con sus requisitos, costos y riesgos.
02Atención de requerimientos
Identificamos la autoridad, el acto notificado y el plazo aplicable; distinguimos una invitación, un requerimiento y un acto de fiscalización. Integramos la evidencia, preparamos la respuesta y damos seguimiento a su presentación y acuses.
03Contingencias y defensa fiscal
Evaluamos créditos fiscales, multas, negativas de devolución y otros actos que afecten sus derechos. Diseñamos la defensa administrativa o jurisdiccional procedente, incluyendo recurso de revocación, juicio contencioso administrativo y amparo cuando se cumplen sus requisitos.
04Análisis de implicaciones tributarias
Estudiamos la situación de la persona o empresa, su régimen, ingresos, residencia y operaciones proyectadas. Comparamos escenarios de ISR, IVA y otras contribuciones aplicables para conocer el efecto fiscal y financiero antes de decidir.
05Planeación y beneficios dentro de la ley
Revisamos deducciones, acreditamientos, estímulos y opciones legales que realmente correspondan al contribuyente. Evaluamos oportunidades de optimización o diferimiento permitido, documentando razón de negocios, requisitos, permanencia y riesgos. Las estrategias se apoyan en operaciones reales y evidencia verificable.
06Devoluciones y saldos a favor
Revisamos el origen del saldo, las declaraciones y su soporte contable y documental. Integramos el expediente, atendemos requerimientos y analizamos una eventual negativa; la procedencia depende de la ley y de la evidencia de cada solicitud.
07Auditorías fiscales y acuerdos conclusivos
Acompañamos visitas, revisiones de gabinete o electrónicas desde la identificación del alcance hasta las observaciones. Cuando se cumplen los supuestos legales, evaluamos acuerdos conclusivos ante PRODECON como vía de solución consensuada durante la fiscalización.
08Operaciones nacionales e internacionales
Examinamos pagos al exterior, residencia, retenciones, tratados y operaciones entre partes relacionadas cuando resultan aplicables. Coordinamos la revisión jurídica, contable y económica para documentar la sustancia y evitar decisiones basadas solo en una tasa de impuesto.
PROTECCIÓN DE SUS DERECHOS
Medios de defensa
y vías de solución.
La elección depende del acto, autoridad, notificación, pruebas y etapa del asunto. Seleccione una vía para conocer su función.
Recurso de revocación+
Vía administrativa para impugnar los actos fiscales federales previstos en el CFF. Se estudian procedencia, agravios, pruebas y relación con otras vías.
CFF · arts. 116–133 ↗Juicio contencioso administrativo+
Permite controvertir resoluciones ante el TFJA. Se determina si corresponde vía ordinaria, sumaria o resolución exclusiva de fondo y la modalidad tradicional o en línea, cuando proceda.
Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo ↗Amparo directo e indirecto+
Medios de control constitucional con supuestos distintos: se evalúan actos, normas o sentencias, interés, definitividad y requisitos de cada modalidad.
Ley de Amparo · arts. 107 y 170 ↗Recursos y juicios locales+
Se revisan los medios previstos por la legislación de la entidad y la competencia del tribunal local. La vía federal no sustituye automáticamente la defensa estatal o municipal.
Tribunal de Justicia Administrativa de Jalisco ↗Recurso de revisión administrativa+
En los supuestos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, permite controvertir actos y resoluciones que concluyen un procedimiento, una instancia o un expediente. Su aplicación debe distinguirse de la materia fiscal.
LFPA · arts. 83 y siguientes ↗Inconformidad ante el IMSS+
La Ley del Seguro Social contempla este recurso frente a actos definitivos del Instituto. Se revisan el acto, la calidad del interesado y la alternativa jurisdiccional pertinente.
Ley del Seguro Social · art. 294 ↗Inconformidad ante el Infonavit+
Se analiza la vía de inconformidad prevista para controversias sobre inscripción, derecho a créditos, aportaciones y descuentos, conforme a la ley y su reglamento.
Ley del Infonavit · art. 52 ↗Acuerdos conclusivos ante PRODECON+
Mecanismo de solución consensuada durante determinadas facultades de comprobación. Su finalidad y procedencia son distintas de un recurso de impugnación.
CFF · arts. 69-C y siguientes ↗La procedencia, los plazos, la suspensión y las garantías se analizan individualmente. Un recurso administrativo y un mecanismo consensuado cumplen funciones distintas.
CÓMO CONSTRUIMOS UN ESTUDIO TRIBUTARIO01Situación y régimen
Actividad, residencia, estructura, ingresos, obligaciones y antecedentes del contribuyente.
02Escenarios y requisitos
Comparamos efectos fiscales y financieros; examinamos beneficios y diferimientos legales con sus condiciones.
03Implementación y sustento
Documentamos razón de negocios, operaciones, controles y seguimiento para una estrategia sólida.
RESULTADOS DEL TRABAJOQué podemos preparar.
- Estudio de situación fiscal y alternativas fundamentadas
- Matriz de requisitos, riesgos y efectos financieros
- Expediente de soporte y ruta de cumplimiento o defensa
Los entregables, responsables y condiciones se acuerdan antes de iniciar.
PARA LA PRIMERA REVISIÓNInformación de partida.
- Constancia de situación fiscal y actividades realizadas
- Declaraciones, contratos y soporte de la operación
- Acto de autoridad y constancia de notificación, si existen
En el primer contacto basta una descripción de su necesidad. El equipo le indicará cómo compartir los documentos.
RESPUESTAS PARA COMENZARPreguntas frecuentes.
¿Pueden optimizar o diferir el pago de impuestos?+
Analizamos beneficios y alternativas expresamente permitidos para su régimen y operación. El resultado puede ser una optimización, un diferimiento legal o la conclusión de que conviene mantener el esquema actual. No se garantizan ahorros antes del estudio.
¿Qué hago si recibí una notificación?+
Conserve el documento completo, sus anexos y la constancia de notificación. Solicite una revisión pronta para identificar el plazo y la vía de atención; no todas las comunicaciones de la autoridad tienen el mismo efecto.
¿Siempre hay que acudir a juicio?+
No. Se comparan aclaraciones, correcciones, soluciones consensuadas e impugnación, según el acto y la etapa. La elección considera procedencia, evidencia, costos, garantías y el objetivo del contribuyente.